El Modelo 151: Instrucciones para el trabajador desplazado

Instrucciones modelo 151

Las instrucciones para completar el modelo 151 que la Agencia Tributaria pone a disposición de la ciudadanía, son estudiadas en profundidad por el despacho de abogados LexATR. Sus condiciones, normas aplicables y contenido pueden resultar ambiguas si no se presentan conocimientos sobre legislación fiscal.

¿No sabes si cumples con los requisitos? ¿Qué gestiones previas se deben realizar para tributar a través de este régimen? Cada uno de los trabajadores desplazados debería estar bien informados y ser consciente de la opción que supone tributar a través del modelo 151. En LexATR somos conocedores de esta necesidad y prestamos un servicio integral para aquellos que lo necesiten.

modelo 151 instrucciones

El régimen especial de impatriados y el modelo 151

A la pregunta de qué es el modelo 151, debemos responder que es el modelo tributario que se debe presentar cuando una persona en territorio español cumple con las condiciones para tributar por el régimen especial aplicable a trabajadores desplazados. Otros nombres que recibe son régimen fiscal de impatriados o Ley Beckham.

Para poder presentar este tipo de modelo, se debe solicitar a la misma Agencia Tributaria la aplicación del régimen especial de trabajadores desplazados a territorio español. Este procedimiento se realiza a través de la presentación del modelo 149 y, en el caso de que sea aceptado, se recibirá un certificado  que así lo acredite. A partir de ese momento, el contribuyente tributará a través del régimen especial por el Impuesto sobre la Renta de No Residentes (IRNR) pero manteniendo la condición de contribuyente por el IRPF.

Por el otro lado, para estos sujetos pasivos de este régimen especial a través del modelo 151, no les es de aplicación la obligación de presentar el modelo 720 (modelo sobre la Declaración informativa de bienes y derechos en el extranjero). Sin embargo, no es extensible la no obligación para el resto de familiares si estos son residentes en España.

¿Cuál es la definición de un trabajador desplazado?

trabajador desplazado regimen

Un trabajador desplazado en este tipo de régimen, también denominado como impatriado, es aquella persona que se encuentra en territorio español que debe cumplir una serie de condiciones:

  • No pueden haber sido residentes en España durante los 10 años anteriores a su desplazamiento.

  • El desplazamiento ha sido consecuencia de un contrato de trabajo o por obtener la condición de administrador de una entidad.

  • No obtiene rentas mediante un establecimiento situado en territorio nacional.

Una vez adquirida la aceptación para tributar por este modelo 151, las personas físicas podrán atenerse a este régimen durante el año en el que se efectúe el cambio de residencia (a territorio español) y durante el período de aplicación indicado en dicho certificado obtenido.

¿Cuál es el plazo de presentación del modelo 151?

La presentación de este modelo se realiza telemáticamente a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Es una declaración que tiene carácter anual y cuyo plazo de presentación es el mismo que el modelo 100 de IRPF.

Asesoría fiscal para trabajadores desplazados en régimen especial

En LexATR contamos con un despacho especializado en fiscalidad. Somos expertos en regímenes especiales, estudiando en profundidad cuáles son las cuotas impositivas si has adoptado la condición de impatriado. Conocemos las necesidades de los clientes gracias a nuestra experiencia defendiendo los intereses tributarios de cada uno de ellos.

Además, ofrecemos un asesoramiento continuo y seguro en lengua inglesa y española. Contáctanos para más información sobre las instrucciones del modelo 151 y realiza una declaración ventajosa ante hacienda pública.