Tributación de no residentes: instrucciones del modelo 210

Instrucciones modelo 210

Seguir las instrucciones del modelo 210 es obligatorio para todas aquellas personas físicas y entidades que no residen en territorio español, pero reciben rentas españolas. A diferencia de las personas físicas que sí que residen en España y deben tributar por el IRPF por la totalidad de su renta a nivel mundial, los no residentes contribuyen a través del llamado Impuesto sobre la Renta de no Residentes (IRNR).

Este tipo de tributación está regulado por la Ley de Impuesto sobre la renta de no residentes. Esta ley define el objeto y la naturaleza de este tipo de imposición de la siguiente forma:

“El Impuesto sobre la Renta de no Residentes es un tributo de carácter directo que grava la renta obtenida en territorio español por las personas físicas y entidades no residentes en éste”.

En definitiva, el modelo 210 declara y autoliquida este impuesto y radica en las rentas obtenidas sin mediación de establecimiento permanente en territorio español.

instrucciones del modelo 210

Las instrucciones para completar el modelo 210 y la ley de no residentes

El modelo 210 es creado para la presentación de los impuestos de no residentes españoles y el seguimiento de sus instrucciones debe ser muy precisa para contribuir de la forma correcta.

Así mismo, la legislación que regula este tipo de gravamen y sus características ha experimentado reformas que deben ser reconocidas por los sujetos obligados a presentar dicho modelo. En LexATR ofrecemos información y asistencia de calidad con las últimas actualizaciones.

Por el otro lado, cabe mencionar que el presente modelo 210 hace diferenciación entre aquellos que residen en países comunitarios frente a los extracomunitarios.

  • Los contribuyentes por este régimen que se consideren comunitarios (Unión Europea) pagan actualmente un 19%.

  • En el caso de que el país sea considerado extracomunitario (de cualquier otro país), el impuesto asciende al 24%.

El modelo 210 también ha de ser presentado para solicitar la devolución del exceso de retención en España, cuando el contribuyente sea residente en un país con convenio para evitar la doble imposición con España. Se presentará cuando la retención soportada haya superado los límites de tributación establecidos en dicho convenio.

Sin embargo, para poder solicitar dicha devolución, es imprescindible obtener un certificado fiscal emitido por la autoridad competente del país de residencia.

¿Cómo se presenta el modelo 210?

A diferencia de otros modelos tributarios, este puede ser presentado de tres formas distintas. Además, la autoliquidación realizada a través de este formulario permite la declaración de las rentas de forma individual o de forma agrupada (siempre que procedan del mismo pagador o bien).

como presentar modelo 210
  • Presentación a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria.

  • Envío mediante correo electrónico certificado.

  • Envío por correo ordinario con el modelo cumplimentado y los datos identificativos requeridos.

Se seleccionará una u otra modalidad en función del resultado obtenido en la autoliquidación y la tenencia de certificado digital, entre otras cuestiones.

Plazo de presentación del modelo 210

Para la presentación del modelo 210 existen tres plazos de presentación diferenciados en función del tipo de renta obtenida en el territorio español.

 

Tipo de renta Plazo
Rentas por alquiler bienes inmuebles 20 días primeros de los meses enero, abril, julio y octubre
Rentas por venta de inmuebles Antes de 3 meses tras haber trascurrido un mes de la venta
Rentas imputadas por bienes Durante el año natural siguiente (renta ficticia 1,1% valor catastral)

¿Quién debe presentar el modelo 210?

No siempre el hecho de que la residencia sea fuera del territorio español obliga a que el contribuyente presente el modelo 210. Debe cumplir con unos requisitos y formar parte de alguno de los colectivos siguientes, todo ellos considerados no residentes:

Aquellas personas que obtengan beneficios por rentas de alquiler de inmuebles y no tributen por el IRPF. Pueden presentarse dos casos principalmente: una persona con nacionalidad española pero que reside en el extranjero, y una persona extranjera con una propiedad dentro del territorio de España.

La declaración también puede ir asociada a una renta imputada obtenida por la propiedad de un inmueble, aunque en este no resida nadie.

En concreto, las personas que no permanezcan más de 183 días en territorio español. Ya que, si el establecimiento de la residencia sobrepasa este periodo temporal, las personas pasarán a ser consideradas residentes españolas y no podrán tributar por el mencionado IRNR.

En la mayoría de las ocasiones, esta residencia es debida por motivos laborales.

En general, personas físicas o entidades que tengan atribución de rentas constituidas en el extranjero, pero con presencia en España.

Entonces, a la pregunta de quién es considerado no residente fiscal se deben tener en cuenta tres aspectos fundamentales: la residencia no debe sobrepasar los 183 días, la actividad económica principal no debe estar ubicada en España y el cónyuge e hijos menores no residen habitualmente en territorio nacional.

LexATR con los contribuyentes y la ley de no residentes

En LexATR conocemos en profundidad las necesidades de las personas que tributan a través del ya mencionado IRNR. Nuestra asistencia jurídica realizada por abogados colegiados, expertos en fiscalidad, pueden guiar al contribuyente entre los entresijos de la ley fiscal de no residentes.

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